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     ESTIMADOS COLEGAS ODONTÓLOGOS DE LA ARGENTINA

     SE HA PRESENTADO CON FECHA MARTES 1 DE OCTUBRE DE 2024, ANTE EL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN Y ANTE LA SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, UNA SOLICITUD IMPULSADA POR UN GRUPO DE ODONTÓLOGOS POR LA CUAL SE PETICIONA A LOS RESPONSABLES DE DICHOS ORGANISMOS, LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL ACTUAL PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO EN LO RESPECTIVO A LA COBERTURA ODONTOLÓGICA VIGENTE.

RECIBO DE SOLICITUD DE MODIF PMO.JPG

   Es válido aclarar ante todo, que los odontólogos que hemos presentado dicha solicitud, no somos más que un grupo de colegas que llevamos adelante el propósito de representar y accionar en beneficio de todos los profesionales odontólogos de la argentina que se interesen en los temas y las problemáticas por las cuales actualmente se generan perjuicios en nuestra profesión.

 

     Aclaramos también que NO poseemos intenciones políticas, ni actuamos en favor ni condicionados por ningún Colegio, Caja, Federación, Confederación, Círculo u otro organismo regulador de la odontología argentina a nivel nacional o provincial; solo estamos del lado de nuestra profesión y, con el fin de honrarla, precisamos del apoyo de la mayor cantidad de nuestros colegas para lograr cambios que no solo nos beneficien en nuestra práctica diaria, sino que también logren dignificar la odontología argentina a futuro.

 

     El trabajo de investigación y desarrollo que hemos realizado para presentar ésta solicitud ante las autoridades correspondientes, fue llevado a cabo con el esfuerzo y el tiempo de todos nosotros; solo le pedimos paciencia y comprensión para interiorizarse en el texto que ponemos en evaluación de ustedes, nuestros colegas, para que podamos juntar adhesiones y voluntades si es que así lo consideran al apoyar el espíritu de esta solicitud, y de esa manera facilitar la resolución positiva de la misma para poder mejorar el ejercicio diario de nuestra profesión, actuar como pocas veces de forma corporativa y tener la fuerza necesaria para generar los cambios y los beneficios que buscamos.

-- BASE DE LA SOLICITUD --
 

     SOLICITUD DE LOS PROFESIONALES ODONTÓLOGOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA PARA LA MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE COBERTURA ODONTOLÓGICA DEL PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO VIGENTE, DEBIDO A GASTOS Y HONORARIOS NO CUBIERTOS POR LOS AGENTES DE SEGURO DE SALUD (OBRAS SOCIALES, PREPAGAS, Y OTRAS).

-- OBJETIVOS DEL PROYECTO --

     Con miras a detener el menosprecio del ejercicio de nuestra profesión, la presente solicitud persigue el fin de “Garantizar el reconocimiento económico de la práctica profesional odontológica en todo el ámbito de la república argentina, de manera de detener la precarización tanto de la profesión como de los profesionales odontólogos, causada por los aranceles que las obras sociales o empresas de medicina prepaga abonan a los prestadores odontólogos de forma cuantitativa y cualitativamente paupérrima y deficiente”; de manera tal que puedan alcanzarse los siguientes objetivos: 

  - Reconocer económicamente nuestra pericia, preparación, sacrificio, dedicación y progreso en el ejercicio de nuestra profesión.

 

  - Posibilitar al odontólogo el acceso a los recursos para garantizar una atención de calidad de nuestros pacientes.

 

  - Volver a generar rentabilidad suficiente mediante la atención de pacientes/afiliados a los agentes se seguro de salud (obras sociales, prepagas, y otras). 

 

  - Facilitar el financiamiento de nuestra profesión tanto en recursos materiales como de gastos previsionales, colegiación y asistencia de salud.

 

  - Mantener la inversión realizada y la capacidad instalada de nuestros consultorios particulares y centros odontológicos.

 

  - Permitir el acceso a nuevas generaciones de profesionales al mercado laboral con el reconocimiento de su ejercicio desde el primer día.

 

  - Detener el manejo abusivo de nuestros honorarios profesionales por parte de intermediarios en las contrataciones de los servicios que prestamos.

 

  - Allanar el camino al odontólogo para acceder a un perfeccionamiento de posgrado, actualización o especialización profesional de calidad. 

 

  - Dignificar la profesión odontológica argentina.

 

​ 

-- FUNDAMENTOS DE LA SOLICITUD --

     No pretendemos implementar ninguna idea revolucionaria, sino que buscamos que se aplique lo que consideramos justo desde hace mucho tiempo: No podemos atender a nuestros pacientes/afiliados a obras sociales y prepagas, sin cobrar los aranceles estipulados como mínimos y éticos para asegurar una atención de calidad de los mismos, lo cual nos obliga por dicha razón, a dejar de atender por esos servicios.

     El ANEXO I del programa médico obligatorio vigente en la actualidad desde su última sanción por resolución nro. 1991/2005 del Ministerio de Salud de la Nación, enumera cuál es la cobertura básica, mínima y obligatoria a cumplir por los agentes de seguro de salud en la Argentina (obras sociales y prepagas); y en el mismo se especifican cuáles son las áreas de la salud que deben ser cubiertas como: Atención médica primaria, Atención médica secundaria (especialidades), Internación, Salud mental, Rehabilitación, Odontología, Medicamentos, Coseguros médicos y Garantías entre otras.

     Debemos saber que en dicho anexo se enumeran las particularidades de ésta cobertura en más de 80 artículos, y que simplemente la modificación de solo 2 de éstos artículos, podría generar un cambio tan radical en la modalidad de ejercer nuestra profesión, que sería suficiente para lograr los objetivos que nos proponemos.

     Se ha instalado hace más de 70 años el concepto en cada habitante de la argentina, que la cobertura en odontología debe ser del 100% en la mayoría de las prestaciones, pero la realidad y la coyuntura socio-económica del país, el esfuerzo y los gastos que implican llevar adelante nuestra profesión, así como las condiciones necesarias para poder brindar un servicio de calidad por nosotros, ha variado mucho en este tiempo; por lo cual se hace insostenible esta condición de cobertura por la situación presupuestaria de las obras sociales y prepagas. La odontología se desarrolla y nos obliga a realizar un nivel de inversión económica como sabemos muy elevado, el cual necesita de su sostenimiento con aranceles que soporten la carga de los gastos fijos, variables, y de honorarios correspondientes.

     A nivel mundial, éstos costos resultan en la necesidad de percibir aranceles difíciles de alcanzar para los servicios sociales, de lo cual estamos al tanto al saber los honorarios que se perciben en una gran cantidad de países en el mundo por la atención odontológica y lo elevados que resultan por los gastos que insume la práctica, lo cuales distan infinitamente de los que actualmente recibimos en nuestro país; y precisamente el caso de nuestro país es de los pocos en que se obliga a cubrirlos en su totalidad con aranceles que resultan paupérrimos y los cuales no alcanzan para sostener nuestros gastos ni a posibilitarnos brindar nuestro servicio como corresponde.

     Actualmente, a cada Obra social o Empresa de medicina prepaga inscripta en el Registro Nacional de Agentes del Seguro (RNAS) dependiente del Ministerio de Salud de la Nación y la Superintendencia de Seguro de Salud, se les otorga, mediante los decretos sancionados que modifican las leyes 23.660, 23.661 y 26.682 en ésta materia, la posibilidad y la flexibilidad de adecuar sus gastos en cobertura de salud y definir sus tarifas y aranceles a abonar a los profesionales, de acuerdo a los cálculos basados en sus proyecciones económicas internas, adaptadas a su capacidad y servicios, y acorde a la realidad económica de cada organización. Siendo honestos, éste estado actual de las cosas, ya venía sosteniéndose en la práctica de ésta manera hace mucho tiempo, pero más allá que el cambio actual supone una democratización y una mejora en la organización de la cobertura en salud de los argentinos, porque permite más transparencia en los gastos de las obras sociales y prepagas, para que cada uno elija con datos objetivos como sostiene su cobertura en salud; lo real es que en lo referente a la sostenibilidad de nuestra profesión nunca estuvo a favor, porque NO ES LA ECONOMÍA DE CADA ORGANIZACIÓN LA QUE DEBE FIJAR LOS ARANCELES QUE DEBEMOS PERCIBIR POR NUESTRO SERVICIO, SINO QUE SOMOS NOSOTROS QUIENES DEBEMOS FIJARLOS, Y DE HECHO YA LO HACEMOS AL ESTIPULAR CON RIGOR CIENTÍFICO TODOS LOS MESES NUESTROS ARANCELES MÍNIMO Y ÉTICOS ODONTOLÓGICOS A PERCIBIR, necesarios para poder sostener nuestra profesión, nuestra inversión, preparación, perfeccionamiento y calidad del servicio que prestamos para el cuidado de la salud bucal de cada paciente/afiliado.

     Todo se reduce a SOLICITAR que se autorice y habilite a cada odontólogo a cobrar la diferencia arancelaria (coseguro), que no cubra el arancel abonado por la obra social o prepaga y que se considere necesario con el fin de alcanzar los aranceles odontológicos mínimos y éticos, para que se nos permita ejercer nuestra profesión garantizando una atención eficaz, basada en la independencia del criterio del profesional, en los avances de la ciencia para el beneficio del paciente y con una remuneración que asegure la posibilidad de realizar cualquier práctica sin afectar la calidad de la misma.

 

     El proyecto de solicitud se resume en

​     Lograr que se modifique el Programa Médico Obligatorio (PMO), sancionado por el ministerio de Salud de la Nación, según resolución 201/2002, en su ANEXO I, modificando los puntos 6.2. y 6.3. (Odontología, cobro de coseguros), los cuales dictan actualmente: 

 

     “6.2. El monto de coseguros a pagar será de hasta $ 4 para niños de hasta 15 años, y para mayores de 65 años. Co-seguro de hasta $ 7 para aquellos beneficiarios que tienen entre 16 y 64 años.

 

     6.3. Los coseguros serán pagados en donde el Agente del Seguro de Salud lo determine.” 

 

 

     Por los siguientes artículos

     6.2. El monto mínimo de coseguro a pagar por cada prestación realizada al afiliado/paciente, será igual a la DIFERENCIA ARANCELARIA en pesos resultante de tomar los aranceles mínimos éticos odontológicos publicados y determinados por el Colegio Odontológico de cada jurisdicción o provincia en virtud de sus atribuciones y deberes para con sus colegiados; y restarle los aranceles fijados para dicha prestación por cada agente de seguro de salud o intermediarios que contrataron y/o contraten como prestadores a los profesionales odontólogos. 

     6.3. Los coseguros serán pagados por el afiliado/paciente directamente en el consultorio al profesional y al momento de realizada la prestación, sin constituir el mismo en incumplimiento de ningún artículo ni cláusula que así lo sugiera y/o sugiriese en los contratos contraídos y/o a contraer entre las partes (profesionales y agente de seguro de salud u organismo que represente a los profesionales); asegurando el sostenimiento de la actividad profesional, para garantizar una atención de calidad basada en la independencia del criterio del profesional, con libertad para actuar de acuerdo a su pericia, sustentada en los avances de la ciencia para el beneficio del paciente, y con una remuneración que asegure la posibilidad de realizar cualquier práctica sin afectar la calidad de la misma. 

 

     Ejemplo simple: si debemos cobrar la suma de $ 57.695 por una restauración (valor determinado por arancel mínimo y ético SEP 2024), y una prepaga u obra social nos paga $ 22.000 por la misma; debemos estar habilitados y autorizados a solicitar al paciente que abone la DIFERENCIA ARANCELARIA de $ 35.695 en el consultorio al momento de realizarla, independientemente de la obra social o prepaga a la que este afiliado.     

 

     Es reclamar por una remuneración justa, tal como cita la Constitución Argentina: "retribución justa: igual remuneración por igual tarea". Es luchar por nuestros derechos, como el derecho a ejercer nuestra profesión como nosotros decidamos de la puerta de nuestro consultorio hacia adentro, y no atados a las normativas y aranceles que deciden grupos corporativos con intereses alejados de la odontología pero que se aprovechan de pellizcar de los presupuestos de nuestro legítimo trabajo sin siquiera saber cómo se maneja un consultorio odontológico. Con éste cambio ya dejaríamos de preocuparnos por las decisiones de éstos grupos para centrarnos en la vocación que nos llevó a ser lo que somos, profesionales de la salud reconocidos como tales.

 

     Es nuestro DERECHO y es lo que SOLICITAMOS.

 

-- A QUIEN ESTA DIRIGIDA -- 

     LA SOLICITUD SE DIRIGE A LA SECRETARÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y AL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN DEBIDO A QUE LA "COMISIÓN TÉCNICA PARA EL ANÁLISIS Y LA EVENTUAL MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA MÉDICO OBLIGATORIO" DEPENDE DE LA GERENCIA DE GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, Y DICHA GERENCIA ACTUALMENTE SE ENCUENTRA CON SUS CARGOS VACANTES.

-- ADHESIÓN --

Te pedimos que si apoyás ésta solicitud, adhieras en el siguiente formulario con tus datos, de ser así te lo agradeceríamos para el beneficio de la profesión. Te pedimos que pases y reenvíes el link de ésta solicitud de forma que llegue al mayor número de colegas para hacer posible el cambio que buscamos. ¡ Muchas Gracias !
FORMULARIO DE ADHESIÓN
ADHIERO A LA SOLICITUD
Los datos de esta adhesión están amparados por la ley 25.326 de protección de datos personales. La recopilación de los mismos persigue solamente objetivos cuantitativos y no reviste ningún fin comercial, de divulgación, ni publicación.

-- TEXTO DE LA SOLICITUD --

 

     A CONTINUACIÓN, LA TRANSCRIPCIÓN DEL TEXTO ENVIADO A LOS ORGANISMOS DE GESTIÓN DEL PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO. AL TEXTO SIGUIENTE, SE ANEXARON LOS FUNDAMENTOS DE LA SOLICITUD, LOS DATOS CON EJEMPLOS DE ARANCELES MÍNIMOS Y ÉTICOS JUNTAMENTE CON ARANCELES FIJADOS POR OBRAS SOCIALES Y PREPAGAS.

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"Sr. Ministro de Salud de la Nación Argentina./ Sra. Secretaria General de la Presidencia de la Nación"

S/D

Ref. LOS PROFESIONALES ODONTÓLOGOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOLICITAN LA MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE COBERTURA ODONTOLÓGICA DEL PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO VIGENTE, DEBIDO A GASTOS Y HONORARIOS NO CUBIERTOS POR LOS AGENTES DE SEGURO DE SALUD (OBRAS SOCIALES, PREPAGAS, Y OTRAS).

    " Estimado Ministro de Salud de la Nación Dr. Mario Lugones."

    " Estimada Secretaria General de la Presidencia Sra. Karina Elizabeth Milei."

 

     Desde nuestra mayor consideración:

                                                                           Los profesionales odontólogos de la República Argentina nos dirigimos a Usted por medio de la presente, con objeto de poner en su conocimiento y consideración, un tema que reviste una suma importancia y gravedad para todos nosotros, y que nos tomamos el atrevimiento de presentarle y explicarle de la manera más clara de acuerdo a nuestras posibilidades, solicitando humildemente vuestra sincera comprensión:

 

     “Actualmente los profesionales odontólogos de la República Argentina nos enfrentamos a una situación realmente grave en lo que respecta a la remuneración que percibimos en carácter de aranceles odontológicos de parte de los agentes de seguro de salud (Obras sociales y prepagas en general entre otras), por el servicio y las prestaciones brindadas a sus afiliados. Dicha remuneración prácticamente en todos los casos, resulta insuficiente para cubrir ya sea los gastos mínimos que nos insume llevar a cabo nuestro servicio y menos aún cubre los honorarios derivados del mismo; lo que en definitiva resulta en una gran disparidad entre los aranceles mínimos que deberíamos percibir de acuerdo a lo estipulado por atribuciones y deberes de la Federación Argentina de Colegios de Odontólogos (FACO), y lo que realmente percibimos por parte de dichos agentes de seguro de salud los cuales, en promedio, solo alcanzan a cubrirlos en menos del 33%, de acuerdo a los fundamentos expuestos más adelante. Esto debido en gran medida a la intervención de distintas administraciones del Estado argentino mediante resoluciones y decretos en materia de salud; al nefasto manejo presupuestario sindical que durante años se dedicó a desprestigiar su accionar en materia de asistencia sanitaria de la población argentina en pos de utilizar esas cajas para sus beneficios económicos; y al aprovechamiento de distintas organizaciones intermediarias entre los agentes de seguro de salud y los profesionales, que subsisten gracias a la administración de los fondos que les proporcionan dichos agentes y luego manejan a discreción gracias a la presión que ejercen con contratos en los cuales nosotros, los profesionales, nos vemos desfavorecidos en varios aspectos; atentando en definitiva contra la posibilidad de poder ofrecer al afiliado/paciente un servicio de calidad, y que nos lleva a la situación injusta que atravesamos hoy en la prestación de nuestra asistencia en salud.”  

     Los aranceles mínimos odontológicos que publica y determina el Colegio Odontológico de cada Provincia en virtud de sus funciones y deberes para con sus colegiados (como por ej.: de acuerdo a la ley 12.754 de la Provincia de Buenos Aires), lo realiza con la frecuencia adecuada a las variaciones de los indicadores económicos de la Argentina en lo que respecta a la práctica odontológica, y los mismos no se realizan en forma arbitraria, sino que se sustentan con base científica en el cálculo de una estructura de esos costos y honorarios tomados de acuerdo a dictámenes de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional del Litoral (UNL) y de la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional de Rosario (UNR). Este proceso se realiza en colaboración y por resolución de la Federación Argentina de Colegios Odontológicos (FACO).

     La mencionada estructura de costos toma distintas variables para su cálculo (Ej.: costos fijos, costos variables y honorarios), y dentro de éstos costos, un gran porcentaje está constituido por los insumos odontológicos que están integrados por los materiales, instrumental y equipamiento que se deben utilizar y amortizar en la práctica diaria, los cuales en los últimos meses han sufrido un incremento en sus costos muy considerable, y por lo cual, éstos valores influyen en forma directa e importante en el cálculo final de lo que debemos percibir como remuneración mínima.

      Otro problema que empeora y disminuye el poder adquisitivo que se genera en la remuneración que percibimos por nuestro ejercicio profesional, es debido a que entre el momento en que realizamos una determinada prestación odontológica a un afiliado de estos agentes de salud y el momento en concreto que podemos cobrar por la misma, existe un desfasaje de tiempo el cual se dilata en promedio de 90 a 180 días, lo cual, en el presente contexto económico de la Argentina donde el componente inflacionario juega un papel importante y más allá que se vislumbra un mejoramiento considerable en este aspecto, conlleva un deterioro muy importante al no actualizarse los valores de nuestros honorarios al momento que los cobramos, sino que los percibimos al valor de la fecha en que fueron realizados, situación que excede de injusticia, y que en definitiva nos obliga lamentablemente a concluir que tenemos gastos de “primer mundo” con remuneraciones de “tercer mundo”.

     Los contratos firmados oportunamente entre los profesionales y los agentes de seguro de salud en forma directa o indirecta, (ésta última mediante alguna entidad intermedia como federaciones, asociaciones, círculos, gerenciadoras privadas, etc.; que lo hacen en representación de un grupo de profesionales odontólogos); no permiten por la normativa de los mismos, que en la atención de sus afiliados se les cobre ningún tipo de coseguro o diferencia arancelaria de manera de alcanzar los aranceles mínimos odontológicos para cubrir los gastos necesarios y brindar un servicio odontológico de calidad.

     Sabemos que, al momento de firmarlo, la situación económica que se evidenciaba en nuestro país no era la actual, y creemos que debido a este cambio fortuito de la misma debe permitirse el cobro directo a los afiliados de estas diferencias arancelarias, sin que esto se tome como un incumplimiento de contrato pues es prioritaria la atención de los pacientes de manera que no resulte en un perjuicio al trabajo, la calidad de la prestación y la remuneración del profesional.

     Los agentes de seguro de salud (sean éstos Obras sociales nacionales o provinciales, Empresas de medicina prepaga, Sistemas asistenciales, Fundaciones, Asociaciones que representen a profesionales en el arte de curar, toda Entidad que preste servicio de asistencia de salud odontológica de forma directa o indirecta, registradas o no en la Superintendencia de Servicios de Salud dependiente del Ministerio de Salud de la Nación, que hayan contratado a prestadores profesionales odontólogos o establecimientos odontológicos de la República Argentina, y que no cumplen con el pago en tiempo y forma de los aranceles mínimos odontológicos fijados de acuerdo a la ley vigente por los Colegios de Odontólogos, y a su vez, no permiten por normativa de contrato el cobro de diferencias arancelarias directas al afiliado), son responsables de un acto que RESTRINGE, ATENTA Y ALTERA ACTUALMENTE NUESTRA LIBERTAD de poder ejercer la profesión odontológica de manera que nos garantice una retribución justa derivada de la misma, hecho que creemos debe ser solucionado de una forma inmediata para poder sostener y garantizar dicha libertad fundamental que está siendo vulnerada con el perjuicio que ésta situación nos genera en el sostenimiento de nuestra actividad, para garantizar una atención de calidad basada en la independencia del criterio del profesional, en los avances en la ciencia para el beneficio del paciente y con una remuneración que asegure la posibilidad de realizar cualquier práctica sin afectar la calidad de la misma.

     Como efecto asociado a esta realidad, dicha situación no solo genera problemas que alcanzan a los profesionales odontólogos en lo relativo a sus remuneraciones, sino que también deriva en una problemática particular que hace tiempo no se visualizaba: está disminuyendo gradualmente la cantidad de prestadores odontológicos de las obras sociales y prepagas debido a la baja voluntaria de los contratos firmados oportunamente con las mismas y no se están firmando nuevos contratos, todo debido a que la situación real nos está obligando en la mayoría de los casos a trabajar a pérdida económica en nuestros consultorios.

     La atención y el servicio prestado a los afiliados de obras sociales, prepagas y otros agentes de seguro de salud por parte de los odontólogos como prestadores profesionales, ha sido históricamente una fuente fundamental de trabajo tanto para los profesionales odontólogos recién matriculados como para quienes ya tienen varios años de ejercicio, y una herramienta indispensable para establecimientos odontológicos con una infraestructura y capacidad instalada muy importante que es necesaria de mantener gracias a ésta modalidad de atención.

     Esta es la razón por la cual, la situación actual está afectando directamente a todos los odontólogos, quitándoles esta herramienta fundamental de trabajo para iniciar o continuar con el ejercicio profesional para el cual han invertido tanto esfuerzo en su formación de grado, en perfeccionamientos, posgrados, como también en la inversión para la instalación de su lugar de trabajo con el costo importante que esto implica al ser una de las profesiones que necesita una de las erogaciones económicas más importantes para poder ser ejercida. Lamentablemente, hemos sido testigos del cierre definitivo de muchos consultorios de nuestros colegas en los últimos tiempos, debido a que ésta situación genera la imposibilidad del sostenimiento económico de los mismos. Afecta a todos los odontólogos ya sea que realicen su trabajo en un consultorio particular, como a los que trabajan en relación de dependencia en centros odontológicos y obviamente a éstos mismos centros.

          Muchas administraciones del Estado Argentino han actuado a nuestro parecer, en forma negligente durante muchos años con resoluciones, leyes y decretos, obligando a los agentes de seguro de salud a cumplir con la cobertura del 100% de prestaciones odontológicas enumeradas en un Programa Médico Obligatorio (PMO). Dicho programa tuvo la última actualización según resolución 201/2002 como PROGRAMA MEDICO OBLIGADORIO DE EMERGENCIA (PMOE), y se extiende hasta el día de hoy mediante la resolución 1991/2005 citando: “en los consensos se coincidió aprobar como parte integrante del PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO, a partir del 1º de enero de 2006, las previsiones de la Resolución Nº 201/2002-MS, sus modificatorias y complementarias”, y en la cual incorporan en el ANEXO I de la res. 201/2002, la mayor parte de las prestaciones que se realizan en la práctica diaria odontológica, hecho que justifican alegando un derecho que adquieren los afiliados a obras sociales y prepagas; las cuales están obligadas a cubrirlos; las cuales NO cuentan con los recursos; y lógicamente como “nació” ese derecho por una “necesidad”, los que tenemos que pagarlo literalmente de nuestro bolsillo somos los profesionales que no tuvimos ninguna injerencia en la determinación de esas resoluciones. En definitiva, se logró beneficiar presupuestariamente a las obras sociales, prepagas, a los intermediarios que viven de pellizcar del manejo económico de este círculo vicioso sin saber siquiera cómo se maneja un consultorio profesional, y dejando totalmente desamparado al sistema asistencial de la salud bucal, al profesional y por añadidura al afiliado/paciente que no recibe la atención que merece.

Por todo lo expuesto precedentemente, en representación de una gran mayoría de odontólogos de la República Argentina, creemos oportuno solicitar vuestra consideración a la posibilidad de aplicar la siguiente modificación mediante el procedimiento que considere pertinente, y que proponemos para garantizar una solución a la actual situación que le hemos detallado.

 

SOLICITAMOS:

     Se modifique el Programa Médico Obligatorio (PMO), sancionado por el ministerio de Salud de la Nación, según resolución 201/2002, en su ANEXO I, modificando los puntos 6.2. y 6.3. (Odontología, cobro de coseguros), los cuales dictan actualmente:

 

     “6.2. El monto de coseguros a pagar será de hasta $ 4 para niños de hasta 15 años, y para mayores de 65 años. Co-seguro de hasta $ 7 para aquellos beneficiarios que tienen entre 16 y 64 años.

     6.3. Los coseguros serán pagados en donde el Agente del Seguro de Salud lo determine.”

 

     Por los siguientes artículos:

     6.2. El monto mínimo de coseguro a pagar por cada prestación realizada al afiliado/paciente, será igual a la DIFERENCIA ARANCELARIA en pesos resultante de tomar los aranceles mínimos éticos odontológicos publicados y determinados por el Colegio Odontológico de cada jurisdicción o provincia en virtud de sus atribuciones y deberes para con sus colegiados; y restarle los aranceles fijados para dicha prestación por cada agente de seguro de salud o intermediarios que contrataron y/o contraten como prestadores a los profesionales odontólogos.

     6.3. Los coseguros serán pagados por el afiliado/paciente directamente en el consultorio al profesional y al momento de realizada la prestación, sin constituir el mismo en incumplimiento de ningún artículo ni cláusula que así lo sugiera y/o sugiriese en los contratos contraídos y/o a contraer entre las partes (profesionales y agente de seguro de salud u organismo que represente a los profesionales); asegurando el sostenimiento de la actividad profesional, para garantizar una atención de calidad basada en la independencia del criterio del profesional, con libertad para actuar de acuerdo a su pericia, sustentada en los avances de la ciencia para el beneficio del paciente, y con una remuneración que asegure la posibilidad de realizar cualquier práctica sin afectar la calidad de la misma.

 

     Consideramos que ésta sola y simple iniciativa, puede generar una salida a la problemática expuesta, que se ha generado por el paso del tiempo y por un sistema viciado de favoritismos, desmanejos, corrupción y desfinanciamiento del sistema de salud, causado por organizaciones que en definitiva provocaron el deterioro de la atención de la salud bucal aprovechándose de los afiliados que lo sostuvieron con sus aportes, y la precarización de la profesión odontológica hasta la actualidad.

Sabemos y no somos ignorantes de los intereses económicos que se ven “tocados“ y afectados, sobre todo de cada uno de los agentes de seguro de salud como Obras Sociales sindicales, estatales, empresas de medicina prepaga, mutuales, sistemas asistenciales, fundaciones, federaciones, gerenciadoras privadas y otros servicios de asistencia sanitaria de la Argentina si se lleva a cabo la modificación de las reglamentaciones como es solicitado; pero la historia nos demuestra que el Poder Ejecutivo Nacional ya lo ha realizado innumerables veces con éstas resoluciones y decretos en particular desde la sanción de los mismos, y que solo trajeron aparejado una decadencia cada vez más marcada en lo que respecta a la asistencia odontológica de los habitantes de éste País. Pensamos que deberían haber analizado en un principio como asistir adecuadamente la salud de sus afiliados antes de utilizar esas cajas en otros objetivos o en el beneficio propio de cada entidad.

 

     Pero a diferencia de lo acontecido hasta ahora, esta iniciativa surge de la suma de las experiencias de miles de odontólogos de la Argentina que coincidimos en el análisis del ejercicio profesional y el servicio que llevamos adelante día a día en nuestros consultorios, y en definitiva gracias a eso, somos los únicos que podemos evaluar el resultado de todas éstas políticas erróneas que se han implementado hasta ahora. Los beneficios reales que podríamos lograr, si se autoriza a llevar adelante la modificación de solo éstos dos puntos del PMO para la nueva modalidad de atención, los veríamos no solamente los odontólogos, sino que también se podrían solucionar muchos problemas derivados de la situación que actualmente estamos atravesando, beneficiando a varias entidades y pacientes, y mejorando muchos aspectos del sistema asistencial en salud bucal como, por ejemplo:

  1- Aquel colega que quiera o necesite atender por obras sociales o prepagas, no sufra las injusticias de los contratos desactualizados, paupérrimos, y no vean disminuidos sus ingresos por elegir hacerlo.

 

  2- Se solucione el problema actual que hace que día a día menos odontólogos quieran atender por obras sociales, prepagas, en forma directa o por contrato con cualquier intermediario u organismo; con el perjuicio que eso les genera a muchos afiliados que no encuentran profesionales para atenderse o se dilatan turnos para los tratamientos por falta de prestadores, y para, en definitiva, mejorar la asistencia odontológica de cada una de éstas entidades.

 

  3- Se nos permita obtener el ingreso económico necesario para hacer frente a los aportes jubilatorios y así generar los fondos que posibiliten que los odontólogos pasivos gocen de una jubilación digna que no los sitúe en la pobreza o indigencia (como las que actualmente se están cobrando).

 

  4- Tener la capacidad de mantener nuestros consultorios privados o centros odontológicos con toda su capacidad instalada de recursos materiales y humanos, resultante de una inversión económicamente importante realizada con nuestro esfuerzo diario.

 

  5- No tener que luchar ni discutir con ninguna entidad intermedia, obra social o prepaga por ningún arancel justo, ya que serán los afiliados los que le exijan a sus obras sociales o prepagas que les cubran más gastos en odontología para no tener que pagar más de su bolsillo; y la competencia pasaría a ser entre obras sociales y prepagas, obligando a abonar mejores aranceles a los prestadores para ganar afiliados que paguen coseguros más económicos, haciendo entrar al mercado de estas entidades en un círculo virtuoso.

 

  6- Aumentar los aportes jubilatorios extras derivados del cobro de prestaciones a obras sociales y prepagas, de manera de contar con fondos para mejorar las jubilaciones ordinarias, extraordinarias, aguinaldos jubilatorios, pensiones y subsidios que deban otorgar los organismos encargados de nuestros beneficios previsionales.

 

  7- Las entidades intermedias tendrían que ofrecer mejores convenios con los odontólogos para no perder sus capitas millonarias de los agentes de seguro de salud o aseguradoras de salud bucal, y a su vez éstos agentes y aseguradoras de salud podrían cambiar estrategias de atención, fomentando la atención en prevención y la atención primaria odontológica para prevenir enfermedades mas avanzadas y de tratamiento mas complejo en sus afiliados para que les resulte menos oneroso el gasto en salud bucal de los mismos; de manera de lograr un cambio fundamental de paradigma y cultura en la asistencia y tratamiento en salud odontológica.

  8- Obligar a sincerar el presupuesto que cada obra social, sindicato o prepaga, destina a las prestaciones odontológicas haciendo que se correlacione el aumento en sus ingresos por aportes y cuotas mensuales con el aumento destinado a pagar dichas prestaciones, de manera tal que se brinde la información correcta a cada afiliado/paciente para poder elegir con mayor libertad y seguridad la cobertura que considere más adecuada en relación a su esfuerzo por sostenerla.

  9- Ya no nos obligarían a firmar ninguna normativa que regule nuestro ejercicio dentro de nuestros consultorios (por normativas de contrato injustas).

 

  10- Podríamos garantizarnos una parte del ingreso económico inmediatamente, para hacernos cargo de los gastos que implica las prestaciones realizadas, y no esperar los plazos abusivos que se toman para abonar nuestros honorarios.

  11- Más colegas que se estén iniciando van a poder invertir en su propio consultorio con la garantía de poder sostenerse gracias a honorarios más justos de los servicios sociales o aseguradoras de salud bucal y no depender de trabajos en relación de dependencia abusivos y explotadores.

  12- Permitirnos realizar prácticas odontológicas con materiales de la mejor calidad para garantizar una atención adecuada de nuestros pacientes y con la menor incidencia de re-ejecuciones de las mismas.

  13- Podamos hacer frente a los gastos de matriculación de manera que nuestro Colegio de Odontólogos cuente con los fondos necesarios para facilitar su funcionamiento y con la administración de un presupuesto adecuado para cumplir con sus deberes en defensa, protección y cuidado de cada colegiado.

  14- Mejorar la calidad de la profesión odontológica argentina, allanando el camino al odontólogo para acceder a un perfeccionamiento de posgrado, actualización o especialización profesional, para ofrecer la mejor atención posible a la población.

  15- Dignificar la Odontología Argentina.

Solo nos resta agradecerle nuevamente por la comprensión y paciencia frente a la exposición de ésta problemática que nos aqueja hace tanto tiempo, y que sabemos que ésta administración puede revertir para generar una realidad más justa que beneficie a una gran parte de la sociedad que trabaja arduamente en ésta profesión, y otra parte de la misma que se merece una mejor asistencia en el cuidado de su salud bucal.

Sin más, a la espera de su consideración y análisis de esta problemática, haciéndole saber que cuenta con nuestra disponibilidad en lo que considere necesario aclarar sobre el tema expuesto, lo saludamos atentamente y con el mayor de los respetos:

                                                                                      LOS ODONTÓLOGOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

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